Llevar una separación, sea de un matrimonio o noviazgo, afecta diferentes áreas de la vida, especialmente si fruto de esta relación hay hijos, ya que son una responsabilidad que no finaliza con la ruptura.
En Colombia, cuando se afronta una separación de pareja con hijos menores de edad o que estén estudiando, se deben establecer compromisos que ambos padres deben asumir, como la custodia, la cuota de alimentos y la frecuencia de las visitas.
La figura de la cuota alimentaria no es exclusiva para comida, sino que es la parte de aporte de los padres para el cuidado de los hijos, que incluye también su vestimenta, estudio y demás necesidades.
Todos estos temas pueden tratarse dentro del proceso de divorcio ante el Juez de Familia o en un centro zonal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) por medio de la conciliación extrajudicial, ya que es la entidad mediadora en temas de familia.
La cuota alimentaria es una obligación que no se puede evadir, incluso si los progenitores no estaban casados legalmente. Por eso, la ley cuenta con mecanismos y procedimientos para garantizar este derecho a los niños, niñas y adolescentes.
Estas son algunas de las preguntas más comunes en torno a la cuota alimentaria, respondidas por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).
La ley establece que la cuota alimentaria puede ser hasta el 50 % del salario mensual y se reparte proporcionalmente según el número de hijos que tenga el padre o la madre obligado a pasar la cuota.
Dentro de la cuota alimentaria se deben incluir no solo los alimentos, sino también los costos de vivienda (arriendo y servicios), educación, salud, vestuario, recreación, transporte y todo lo que el menor de edad necesite para para su desarrollo integral.
La cuota alimentaria puede aumentar o disminuir cuando las circunstancias hayan cambiado y las necesidades del niño o adolescente se hayan alterado. Asimismo, cuando las condiciones económicas del padre o madre se hayan modificado, se hará el cambio en el valor.
En cualquier caso, el valor de la cuota de alimentos siempre se podrá discutir y modificar.
En estos casos, el padre o la madre que está obligado a cumplir con la cuota, debe acudir al centro zonal del ICBF más cercano a donde se encuentre el niño o adolescente y solicitar la revisión de la cuota, teniendo en cuenta sus ingresos reales y las necesidades mensuales del menor de edad.
Fuente: https://www.pulzo.com/economia/cuanto-es-cuota-alimentaria-hijo-colombia-PP2574902A